Permite que un gobierno local que impone impuestos en virtud de la Enmienda Constitucional de la Asamblea 1 (ACA1) utilice los ingresos para programas de vivienda asequible, incluida la ayuda para el pago inicial, los programas para compradores de su primera vivienda y los programas de rehabilitación de viviendas asequibles ocupadas por sus propietarios.